Puntos básicos para entender la nueva factura electrónica

Desde el primer día del año se convirtió en obligación emitir facturas electrónicas utilizando el formato 3.3. De no hacerlo, podrías ser acreedor a multas.
Indigo Staff Indigo Staff Publicado el
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A partir del primero de enero del 2018, utilizar la factura electrónica versión 3.3 se convirtió en una obligación para aquellos que perciben ingresos derivados de una actividad económica. También las personas que realizan retenciones y pagan nómina deberán ceñirse al nuevo formato para que sus facturas sean válidas y se eviten problemas con el Servicio de Administración Tributaria.

En caso de no utilizar la versión 3.3 del Comprobante Fiscal Digital (CFDI), serás acreedor a una multa de 13 mil 750 por cada factura mal realizada.

Para evitar ese gasto innecesario, te presentamos algunos puntos básicos que debes saber sobre el nuevo formato, el cual es el único válido desde el primer minuto de este año.

Cambios en el formato

Las principales modificaciones realizadas en el formato de factura electrónica permiten que la forma y el método de pago sean más fáciles de identificar gracias al uso de claves específicas para cada caso.

También permite ver el lugar de la expedición del comprobante, el cual está identificado con el número de del código postal; también existe una clave de ocho dígitos para cada producto y servicio, con lo cual se hace más específico.

En el catálogo de productos y servicios se pueden identificar fácilmente los impuestos y descuentos en el caso de que los haya y apliquen.

Periodo de actualización

La versión 3.3 de la factura electrónica entró en vigor desde el 1 de julio del 2017, así como la factura de recepción de pagos. Sin embargo, el SAT permitió que se siguieran emitiendo los CFDI con la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre.

Desde el 1 de julio del 2017 y hasta el 31 de marzo del 2018, emitir la factura de recepción de pagos será opcional, pero desde el 1 de abril, ese documento será obligatorio para evitar problemas con el SAT.

Para dejarlo más claro, la factura de recepción de pagos es aquella que se emite cuanto te pagan una factura en parcialidades o de manera diferida. Este documento debe emitirse por cada pago recibido o una factura al mes que ampare todos los pagos recibidos, siempre y cuando estos tengan como destino al mismo receptor. Esta es una de las actualizaciones más importantes de la versión 3.3 de la factura electrónica.

Las ventajas, según el SAT

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria, el nuevo formato tiene como propósito hacer más fácil y simple el proceso de facturar y conciliar pagos, además de permitir que los procesos sean más sencillos de automatizar.

El formato 3.3 del CFDI, según el sitio web del SAT, da mayores certezas para obtener información estandarizada y confiable de las transacciones comerciales en línea, ya que reportan información más completa y se disminuye la posibilidad de obtener sanciones por dar datos incorrectos.

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También se obtienen certezas a la hora de reportar cuando ya se pagaron los productos y servicios que se reciben, ya que las facturas que amparan esos gastos no se cancelarán, por lo tanto se evitará la duplicidad de ingresos cuando se facture en parcialidades.
Con esta actualización, también se evitará hacer la declaración informativa múltiple de sueldos y salarios, y se prevé que en un futuro también se evite la declaración informativa de operaciones con terceros.

Emito facturas, ¿qué debo saber?

Lo primero que debes hacer si eres una persona que emite facturas, es consultar con tu proveedor si ya está actualizado al nuevo formato para evitar multas. El SAT puso a disposición del público en general documentos que sirven como guía para generar facturas, los cuales puedes consultar dando click AQUÍ.

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