Profeco te defiende de los despachos de cobranza: esto debes saber si te llaman a todas horas

La Profeco invitó a la ciudadanía a denunciar si considera que sus derechos han sido vulnerados por los despachos de confianza

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha recibido varias denuncias después que consumidores han acusado que los despachos de cobranza han llamado en la madrugada o después de las 10 de la noche para exigir su pago.

Sin embargo, la Profeco dio a conocer las distintas regulaciones que existen en cuanto a los despachos de cobranza pues muchos de ellos han, incluso, utilizado amenazas para efectuar los pagos.

Por medio de un comunicado, la institución aclaró que hay varias acciones que no pueden hacer esos despachos porque de hacerlo cometen prácticas comerciales abusivas y coercitivas.

Lo anterior es contrario al artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, las cuales pueden denunciarse ante la Profeco en caso de ser víctima de ellas.

Y es que los despachos realizan actividades fuera de un procedimiento judicial para recuperar el dinero que adeuda un cliente, pero, de acuerdo con la Profeco, no pueden realizar visitas o llamadas telefónicas al domicilio de las y los consumidores entre las 22:01 y las 06:59 horas.

Estos son otras 10 acciones que los despachos de cobranza no pueden realizar porque son contrarias a la ley:

-Dirigirse a personas distintas al cliente, obligado solidario o aval.

-Establecer contacto en un domicilio, teléfono o correo electrónico distinto al proporcionado por la entidad comercial o el cliente.

-Enviar comunicaciones a terceros, excepto el aval o deudores solidarios.

-Acosar, amedrentar, intimidar o amenazar al comunicarse con los clientes, avales, deudores solidarios, familiares, amigos o compañeros de trabajo.

-Usar cualquier medio impreso o a la vista del público o en el exterior del domicilio o empleo de la persona deudora par informar sobre lo que debe.

-Usar documentos que aparenten ser escritos judiciales o formatos que simulen demandas.

-Enviar correspondencia al cliente con leyendas visibles que hagan referencia a que se trata de un asunto de cobranza.

-Utilizar medios masivos de comunicación para hacer pública la deuda del cliente.

-Los despachos de cobranza tampoco pueden recibir el pago del adeudo.

-Tampoco pueden utilizar números de teléfono que aparezcan en el identificador de llamadas como “no disponible”, “confidencial, “oculto”, “privado” o denominaciones que impidan su identificación.

La Profeco invitó a la ciudadanía a denunciar si considera que sus derechos han sido vulnerados por los despachos de confianza.

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