Ya se acerca la fecha límite para que las empresas realicen el pago de utilidades 2024 que, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) es una obligación de los patrones hacia sus empleados.
En ese sentido, la Ley estipula que se trata de un derecho constitucional en el que el reparto se debe realizar cada año y los empleados deberán recibir una parte proporcional de las ganancias.
Y es que si una empresa tiene utilidades por encima de los 300 mil pesos tiene la obligación de dar ese monto; además, que la ley indica que los empleadores deben expedir una copia de su declaración anual del último ejercicio fiscal.
Además, el artículo 121 de la LFT precisa que los anexos de ese documento estarán disponibles durante 30 días en sus oficinas y en la propia Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), con el fin de que los colaboradores puedan hacer observaciones sobre la misma.
¿Hasta qué fecha tienen las empresas para pagar utilidades?
Si trabajas para una empresa, entonces las utilidades deben pagarse hasta el 30 de mayo.
Mientras que si trabajas para una persona física, las utilidades deben pagarse máximo hasta el 29 de junio.
¿Qué hago si mi empresa no me pagó mis utilidades?
Se deben acercar a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) y solicitar asesoría ya que ahí se llevan a cabo los procesos jurídicos de los trabajadores.
La Profedet se encargará de darte asistencia en la conciliación con la empresa, así como representación jurídica y orientación.
El SAT reconoce a las personas físicas y morales que presentaron su Declaración Anual del ejercicio 2023.
Asimismo, informa que el incremento en la presentación de declaraciones responde a una cultura contributiva cada vez más arraigada en la sociedad mexicana,… pic.twitter.com/hkivOD3rP9
— SATMX (@SATMX) May 9, 2024
Para solicitar apoyo de la Profedet se puede realizar vía telefónica (800 911 7877 y 800 717 2942); por WhatsApp (55 14 84 87 37); mediante correo electrónico (orientacionprofedet@stps.gob.mx); o a través de su página de internet.
La Secretaría del Trabajo explicó que la información oficial sobre si la empresa o patrón tuvo ganancias durante el último año, proviene y es certificada por el SAT, a través de la declaración anual de impuestos, que el empleador debió presentar durante marzo.