¿Debo recibir reparto de utilidades pese a la contingencia de Covid-19?
De acuerdo con la Profedet, el Covid-19 no es motivo para que los patrones no cumplan con el reparto de utilidades
Indigo StaffLa Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) indicó que las empresas están obligadas a cumplir con el reparto de utilidades a sus empleados, pese a la emergencia sanitaria de Covid-19 por la que atraviesa México.
A través de redes sociales, la dependencia indicó que las empresas y patrones deben cumplir con esta obligación, pues se trata de las ganancias generadas durante el ejercicio fiscal de enero a diciembre de 2019.
A pregunta de un usuario, la Procuraduría invitó a los trabajadores para que llamen al 800 911 78 77 y 800 717 2942 si sus patrones se niegan a pagar el citado derecho laboral.
La empresa tiene la obligación de hacer el reparto de utilidades, ya que las mismas son las generadas en el ejercicio fiscal 2019 (de enero a diciembre 2019), si no las pagan llámenos al 800 911 78 77 y 800 717 2942
— profedet (@PROFEDET) April 3, 2020
¿Quiénes deben recibir utilidades?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los empleados que hayan laborado por lo menos 60 días en la empresa, cuyas utilidades netas fueron de más de 300 mil pesos anuales, deben recibir esta prestación.
Quienes no están en la lista son trabajadoras del hogar, directores, administrativos y accionistas, al igual que empleados contratados por honorarios.
¿Cuánto me toca?
Aunque no existe un monto exacto para todos los trabajadores, la manera más fácil de calcularlo es tomando en cuenta los días laborados más el sueldo que percibe actualmente.
Es posible que la empresa no reparta utilidades sólo si durante 2019 no generó ganancias suficientes para hacerlo.
¿Cuándo debo recibirlo?
De acuerdo con la ley, el reparto de utilidades debe ser entregado en un lapso de 60 días después de haber presentado la declaración anual.
De esta manera, los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa) deben recibir el pago a más tardar el 30 de mayo.
Y las personas que lo hacen para una persona física deberán recibirlo a más tardar el 29 de junio.