Cae multa al AICM: Cofece sanciona al Aeropuerto por prácticas monopólicas
El AICM le impidió a la empresa Transporte Terrestre UNE tener acceso al aeropuerto, por lo que se procedió a aplicar la multa
Indigo StaffEl Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) fue multado por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) por 848 millones 888 mil 633 pesos debido a que cometió una práctica monopólica en su modalidad de negativa de trato.
En ese sentido, la Comisión precisó que el AICM le impidió a la empresa Transporte Terrestre UNE tener acceso al aeropuerto, por lo que se procedió a aplicar la correspondiente multa.
#Cofece resolvió que el #AICM cometió una práctica monopólica, negativa de trato. Impidió que un agente económico prestara el servicio de autotransporte federal de pasajeros, en la modalidad de autobús integral y/o vagoneta, con origen o destino al #AICM. https://t.co/1XdvYAMtXf pic.twitter.com/pYNakd6vE8
— COFECE (@cofecemx) March 25, 2022
Específicamente, esta empresa buscaba ofrecer un servicio de autotransporte de pasajeros del aeropuerto de Puebla y de Puebla al AICM; sin embargo, al no btener el visto bueno de las autoridades aeroportuarias, se establecieron ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios en esa misma ruta, lo que los aisló de la competencia en perjuicio de los usuarios.
“Al rehusarse a prestar el acceso a UNE, sin que existiera justificación para ello, el AICM otorgó ventajas indebidas a los permisionarios establecidos, los que mantuvieron su posición sin enfrentar presiones competitivas. Esto se tradujo en una pérdida de bienestar de los usuarios del servicio, quienes pudieron haber tenido más opciones y menores precios de no haberse configurado la práctica prohibida”, destacó la Cofece.
Una vez notificada la resolución, el AICM tiene el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Comisión, a través de un juicio de amparo indirecto.
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“El AICM se rehusó indebidamente a proporcionar a Transportación Terrestre UNE (UNE) el servicio de acceso en el Aeropuerto. Mediante dicha conducta, impidió que UNE pudiera ofrecer el servicio de autotransporte de pasajeros del Aeropuerto a Puebla y de Puebla al Aeropuerto, estableciendo ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios en esa misma ruta, lo que los aisló de la competencia en perjuicio de los usuarios”, expuso.
Detalló que el Pleno de la Comisión consideró que el AICM tiene poder sustancial en el mercado que corresponde al servicio de acceso a la terminal para la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros, pues se trata del único oferente y no existen sustitutos.
En ese sentido, la Cofece ordenó al AICM suprimir la conducta anticompetitiva, mediante las siguientes acciones:
* Justificar el sentido de las opiniones que emita en términos del artículo 47 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal para la entrada de un nuevo operador, o para el aumento del parque vehicular a permisionarios existentes, con base en consideraciones técnicas y no discriminatorias, exponiendo las razones, motivos y circunstancias que estime aplicables.
* Garantizar el servicio de acceso en el Aeropuerto, tanto para UNE, en caso de seguir interesado y solicitarlo nuevamente, así como para los agentes económicos que obtengan o hayan obtenido un permiso otorgado por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes para la prestación del servicio de autotransporte en el Aeropuerto, siempre y cuando se cumplan con los requisitos los que deberán aplicar de manera no discriminatoria.