Lupita González se queda sin Olímpicos; TAS ratifica sanción por dopaje a marchista mexicana

Lupita González se queda sin Olímpicos; TAS ratifica sanción por dopaje a marchista mexicana

La sanción en contra de la marchista Lupita González, medallista olímpica en Río 2016, fue ratificada por el TAS debido a contradicciones y falta de pruebas

Después de que en un control antidopaje de 2018 la marchista mexicana Lupita González diera positivo por tremblona, el Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS) ratificó este jueves la suspensión de la deportista por cuatro años.

Este fallo deja a González fuera la de la próxima justa olímpica de Tokio, que debido a la pandemia de COVID-19 fue aplazada a 2021.

González estará fuera de las pistas hasta noviembre de 2022, después de dar positivo a tremblona en un control del 17 de octubre de 2018.

TE SUGERIMOS: LUPITA GONZÁLEZ, MEDALLISTA OLÍMPICA DE RÍO 2016, DIO POSITIVO EN DOPAJE

La marchista alegó entonces que no consumió la sustancia voluntariamente, sino que esta entró a su cuerpo después de comer carne contaminada con este esteroide, usado en la ganadería mexicana para incrementar la masa muscular de las reses.

En mayo de 2019, González fue notificada acerca de su suspensión por cuatro años por parte de la Unidad de Integridad de Atletismo (AIU) de la Federación Internacional de Asociaciones de Atletismo (IAAF).

La subcampeona olímpica, ganadora de la medalla de plata en Río 2016, apeló la sanción en la búsqueda de una reducción de esta.

Sin embargo,  un panel de expertos del TAS confirmó la decisión tomada un año atrás, a la vez que afirmó que la joven deportista no pudo comprobar que el consumo de tremblona no fue intencional.

Basado en la apelación el tribunal concluye que la atleta no demuestra cómo ingresó la sustancia dopante a su cuerpo, y tampoco demuestra que haya sido de manera intencional. Por lo tanto, no hay ninguna razón para disminuir el castigo de cuatro años después de analizar la apelación.
TASComunicado

Los abogados de González, los colombianos Andrés Charría y Víctor Delgado, aseguraron que el consumo de tremblona fue incidental, pues esta sustancia es ampliamente usada en la engorda de ganado en México.

La ratificación de la sanción por parte del TAS se basó en que la marchista mexicana se contradijo en su audiencia de defensa y que presentó evidencia considerada como falsa.

La atleta mencionó, durante el periodo en el que aún no se resolvía su apelación, que si la sanción continuaba analizaría el retiro, pues tres años era mucho tiempo para estar lejos del deporte.

Lee: Lupita González, La marchista que soñaba con boxear

Te puede interesar