Durante una contingencia ambiental no solo no circulan los automóviles, en el sector industrial también hay una serie de restricciones. Foto: Pixabay

Estas son las restricciones en el sector industrial durante una contingencia ambiental

El objetivo de activar una contingencia ambiental es para disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación en la salud

Cuando la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activa una contingencia ambiental por ozono, esta tiene el objetivo de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación en la salud; además, de reducir la generación de contaminantes y la probabilidad de volver a alcanzar altas concentraciones de ozono al día siguiente.

Durante una contingencia ambiental no solo se activa el “Hoy no circula”, en el sector industrial también hay una serie de restricciones.

Reducción de emisiones

Para reducir emisiones durante una contingencia ambiental se recomienda lo siguiente:

  • Facilitar el trabajo a distancia y realizar compras o trámites en línea para reducir viajes.
  • Evitar el uso de aromatizantes, aerosoles, pinturas, impermeabilizantes o productos que contengan solventes.
  • Recargar gasolina después de las 18:00 horas y antes de las 10:00 horas.
  • No cargar más combustible después de que se libere el seguro de la pistola de llenado.
  • Revisar y reparar fugas en instalaciones de gas doméstico.
  • Reducir el uso de combustibles en casa, acortando el tiempo de ducha a un máximo de cinco minutos y, al cocinar, utilizar recipientes con tapa.

Restricciones de industria federal y local

En las industrias a nivel federal y local, también hay una serie de restricciones durante una contingencia ambiental:

  • Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40% de sus emisiones de precursores de ozono, además deberán suspender las actividades de mantenimiento, limpieza y desengrase que generen emisiones fugitivas de COV.
  • La Refinería “Miguel Hidalgo” de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75% de capacidad del total de proceso, disminuyendo la capacidad de combustión en calentadores a fuego directo y calderas en plantas de proceso y fuerza.
  • Reducción del 30% del consumo de combustóleo en la Central Termoeléctrica “Francisco Pérez Ríos” en Tula, Hidalgo.
  • Suspender las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.
Las fuentes fijas de la industria manufacturera que tengan procesos que generen precursores de ozono, reducirán el 40% de sus emisiones. Foto: Pixabay

Restricciones en servicios

Restricciones en la prestación de servicios durante una contingencia ambiental:

  • Suspender las actividades que generen emisiones fugitivas al aire por uso de solventes y recubrimientos en los comercios y servicios (ejemplo uso de thinner, aguarrás, pintura, laca, barniz, tinta u otro tipo de recubrimiento base solvente).
  • Suspender actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.
  • Suspender actividades en el 20% de las estaciones de carburación, excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 3.
  • Suspender actividades en el 20% de las plantas de distribución de gas L.P., excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca para el trasvase de combustible, llenado de autotanques y llenado de cilindros, según corresponda a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 3.
  • Suspender las labores de mantenimiento, reparación y trasvasado, que impliquen liberación de hidrocarburos a la atmósfera, con excepción de las realizadas en caso de emergencia o accidente en las plantas de almacenamiento de GLP y petrolíferos.
  • Suspender la operación de las estaciones de servicio (gasolineras) en un 20%, excepto las que cuenten con el sistema de recuperación de vapores, con una eficiencia mínima del 90%, conforme al último dictamen de operación vigente y a la integración de los grupos determinada por ASEA. Aplica Fase I para Grupo 3.
  • Reducir en un 50% la operación de las calderas que no cuenten con sistemas de control de emisiones de precursores de ozono en los comercios y servicios, con excepción de hospitales