Dentro de las amplísimas facultades que a través de un decreto se le confieren al comisionado para la Seguridad y Desarrollo Integral, Alfredo Castillo Cervantes, en ninguna de ellas se señala que el nuevo comisionado esté facultado para influir y mucho menos para decidir la remoción o el nombramiento de los titulares de la Procuraduría estatal y de la Secretaría de Seguridad Pública del estado de Michoacán.
Mucho menos, que el nuevo comisionado esté facultado para tener bajo su mando a los funcionarios estatales o municipales.
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