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Sexting y censura

Como una amenaza a la moral pública, los diputados locales del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en Jalisco han planteado una reciente iniciativa de ley que pretende censurar lo que hoy se conoce como ‘sexting’.

Mediante el envío de imágenes o videos de tipo sexual a través de las redes sociales, el sexting se ha convertido en una práctica imperante entre los jóvenes de todo el mundo.

Durante la gestión de Emilio González Márquez se desactivaron más de 3 mil sitios de pornografía
"Penalizar la pornografía por venganza es una medida sumamente importante para proteger a las víctimas de los daños reales sobre su salud”
Iniciativa presentada por el PVEM

Como una amenaza a la moral pública, los diputados locales del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en Jalisco han planteado una reciente iniciativa de ley que pretende censurar lo que hoy se conoce como ‘sexting’.

Mediante el envío de imágenes o videos de tipo sexual a través de las redes sociales, el sexting se ha convertido en una práctica imperante entre los jóvenes de todo el mundo.

Las nuevas tecnologías y el acceso a distintas plataformas hacen más fácil que estos mensajes lleguen a sus destinarios, no obstante, en algunos casos las imágenes pueden derivar en herramientas para la amenaza o la publicación en sitios pornográficos sin consentimiento de la víctima.

La Alianza por la Seguridad en Internet ha revelado, con base en una encuesta, que de 10 mil estudiantes consultados, entre los 12 y 16 años, el 36.7 por ciento “conoce a alguien que haya enviado por internet imágenes suyas desnudo o semidesnudo, ya sea a conocidos o desconocidos”.

Mientras que sólo 7.9 por ciento aceptó haber enviado imágenes de este tipo. En tanto que el 10.2 dijo haber redactado y enviado mensajes electrónicos con insinuaciones sexuales.

En ‘Sexting como conducta sexual de riesgo en bachilleres de Puerto Vallarta y de Ocotlán, Jalisco’, investigación realizada por la académica María de los Ángeles Cristina Villalobos, de la Universidad de Guadalajara, se muestra que esta tendencia es alta.

Para la realización de la investigación se consultaron a poco más de mil estudiantes de Puerto Vallarta y Ocotlán, donde el 37 por ciento afirmó que había practicado sexting.

“Nosotros vimos que tienen una alta incidencia de sexting, alta en el sentido de que por ejemplo hay investigaciones que reportan hasta 26 por ciento de chavos entre nueve y 16 años. Lo hicimos entre chavos entre 15 y 18 y encontramos 37 por ciento de toda la población que practica sexting de alguna manera”, declaró Villalobos Martínez.

Ley contra el sexting

Mientras esto sucede a nivel global, en el estado de Jalisco el problema se aborda con una visión que dice que estas prácticas, aún cuando sean privadas, “son contrarias a la moral pública”.

Bajo esta perspectiva, la fracción parlamentaria PVEM en el Congreso Local del Estado de Jalisco presentó desde el 6 de abril una iniciativa que busca dar certeza jurídica a las víctimas de tendencia.

En ella se intenta reformar el artículo 135 y adicionar el 135 bis, correspondiente a los “ultrajes a la moral pública o a las buenas costumbres e incitación a la prostitución”, contenidos en los Delitos Contra la Moral Pública del Código Penal de Jalisco.

Este denominado ultraje, según el texto penal, podrá ser sancionado también cuando se dé en casos de relaciones sentimentales, pudiendo llegar a tener una sanción de dos a cuatro años de prisión.

“Al que obtenga, reproduzcan divulgue, exhiba, publique, comparta, reenvíe, transmita, retransmita o distribuya cualquier medio, imágenes, fotografías, videograbaciones o conversaciones de texto o audio, que contengan desnudos parciales o totales”, dice al artículo 135 bis.

La iniciativa contiene diversas lagunas respecto de su aplicación; en el párrafo que se pretende incluir en el Código Penal no queda claro el uso de estas herramientas.

“El penalizar la pornografía por venganza, es una medida sumamente importante para proteger a las víctimas de los daños reales sobre su salud, su seguridad física, emocional y económica”, se lee en el texto de la iniciativa.

No obstante el texto del 135 bis es ambiguo respecto del uso del contenido sexual en las redes, limitándose a penalizar su distribución sea cual fuere su naturaleza.

Policía sin funciones

Como parte de las acciones para sancionar lo que se buscaría ser aprobado como nuevo delito, la ley buscaría poner en acción a la Policía Cibernética para sancionar a quienes distribuyan las imágenes con temática sexual.

Las funciones que dice el texto de la iniciativa versan en torno a la desactivación de las páginas o la censura de las imágenes o videos que compartan este tipo de contenido que la iniciativa denomina ‘pornografía por venganza’.

Pero las funciones que la iniciativa contempla están lejos de la realidad de la Policía Cibernética de la Fiscalía General, ya que esta abandonó sus funciones de monitoreo según la propia dependencia.

En el oficio 410/216, de la Unidad de Transparencia, la Fiscalía señaló que esta área dejó de realizar ‘patrullaje en internet’ desde el 2013. Aún cuando entre 2007 y 2012, durante la gestión de Emilio González Márquez, se desactivaron  más de 3 mil sitios de pornografía.

Problemática de género

Uno de los primeros problemas que enfrentan las víctimas de violencia de género en las redes sociales e internet es la difusión de contenido sexual sin el consentimiento de las víctimas.

Así lo afirman las académicas Estefanía Vela y Erika Smith en su texto ‘a violencia de género en México y las tecnologías de la información’, integrado en el informe Internet en México: Derechos Humanos en el entorno digital, publicado por la organización Derechos Digitales en marzo pasado.

“Esta violación a la privacidad de la víctima es parte del problema, más no todo. Las imágenes se difunden precisamente por la concepción que se tiene de la sexualidad de una mujer en ciertas sociedades; por cómo será juzgada por los actos sexuales que aparece realizando en ellas”, expresan las expertas.

Este informe parte de una exposición de hechos en donde no sólo las personas tienen el derecho a compartir este tipo de información con quienes así lo quieran, sino que debe respetarse su vida privada cuando se utilicen de una forma dolosa.

El artículo señala que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha determinado que las imágenes de naturaleza sexual y los datos personales quedan cubiertos por la protección del derecho a la vida privada.

“Cualquier política pública que se emprenda tiene no solo que respetar este derecho (no exigiéndoles a las personas que renuncien a actos constitucionalmente protegidos), sino protegiéndolo de quienes abusan de él”, agregan.

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