Cae sujeto que habría infectado intencionalmente a joven de VIH; ocultó su enfermedad
La persona que presuntamente ocultó ser portador del VIH podría pasar hasta 10 años de prisión, de acuerdo al Código Penal de la capital del país
Indigo StaffLa Fiscalía General de Justicia (FGJ) de la Ciudad de México informó la detención de un sujeto que, presuntamente, de manera intencional contagió de VIH a una joven con la que sostenía una relación sentimental.
El hombre sería responsable de la posible comisión del delito de peligro de contagio, pues en ningún momento le comentó a la mujer que era portador del virus de la inmunodeficiencia humana (VIH).
“De acuerdo con las investigaciones, en agosto de 2019 la agraviada encontró, en el domicilio del hoy aprehendido, medicamentos para tratar una enfermedad transmisible, padecimiento que él no le había comentado, por lo que al considerarse en riesgo de ser infectada realizó la denuncia”, indicó la FGJ en un comunicado.
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De esta manera, la persona identificada como Juan Francisco, de 32 años de edad, fue detenido por elementos de la Policía de Investigación en una casa de la colonia Pedregal de Santo Domingo, perteneciente a la alcaldía Coyoacán.
El hombre fue trasladado al Reclusorio Preventivo Varonil Norte, desde donde llevará el proceso penal en su contra.
— Fiscalía CDMX (@FiscaliaCDMX) June 3, 2021
¿Qué dice la ley?
De acuerdo con el Código Penal de la Ciudad de México, el sujeto podría afrontar hasta 10 años de prisión, pues se trata de una enfermedad incurable.
“Al que sabiendo que padece una enfermedad grave en período infectante, ponga en peligro de contagio la salud de otro, por relaciones sexuales u otro medio transmisible, siempre y cuando la víctima no tenga conocimiento de esa circunstancia, se le impondrán prisión de tres meses a tres años y de cincuenta a trescientos días multa.
“Si la enfermedad padecida fuera incurable, se impondrán prisión de tres meses a diez años y de quinientos a dos mil días multa. Este delito se perseguirá por querella de la víctima u ofendido”, señala el artículo 159.